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Violadores de DDHH cumplen sus penas en la calle

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124 ex agentes del estado chileno han sido condenados por violación de derechos humanos en la época de la dictadura de Augusto Pinochet.

Alejandra Matus
Santiago, Chile

Chile debe ser el país con el mayor número de ex agentes del Estado condenados por violaciones a los derechos humanos y privados de libertad: 51, según se desprende de datos oficiales. La cifra debería ser todavía mayor: 124 ex agentes cumpliendo penas efectivas en la cárcel.

Sin embargo, desde el año 2000 -que es cuando se inició este recuento- esos 73 restantes obtuvieron la libertad, en gran medida gracias a que la Corte Suprema ha recogido el argumento del "paso del tiempo" para rebajarles las penas.

La abogada Rose Marie Bornand, directora ejecutiva del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, entidad que representa a los familiares de las víctimas en los juicios por detenidos desaparecidos y ejecutados políticos durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), expone, en entrevista con Terra Magazine, que tras la detención del dictador en Londres, en 1998, hubo un avance significativo en estas causas estancadas por largo tiempo. Tras el arresto de Pinochet, la Corte Suprema chilena comenzó a permitir el juzgamiento de los autores, sobre la base de las obligaciones contenidas en tratados internacionales suscritos por Chile, a las que previamente no les había reconocido validez.

Bornand explica que, sin embargo y paralelamente, el máximo tribunal ha ido asentando el criterio en cuanto a que el transcurso del "tiempo" entre la fecha de la comisión de los delitos y la fecha del juzgamiento, debe considerarse como una atenuante de la responsabilidad penal de los imputados. Esta institución recibe el nombre de "media prescripción" en el Código Penal chileno.

La media prescripción no borra totalmente la pena -como ocurre con la prescripción completa-, pero su aplicación permite rebajar sustancialmente las condenas. La aplicación de este criterio ha determinado que, en muchos casos, las sentencias han quedado por debajo del límite de los 5 años y un día, con lo que los imputados pueden acceder al beneficio de cumplir las penas fuera de la cárcel. O sea, en libertad.

Aunque en Chile, la Corte Suprema no está obligada por su jurisprudencia y puede resolver dos casos similares de manera opuesta, en la mayoría de los casos que han llegado al máximo tribunal, la sala penal, encargada de estas materias, ha aplicado la media prescripción. O ha recalificado los delitos: los "secuestros permanentes" (que es el que corresponde a los detenidos desaparecidos) se han redefinido como "homicidios calificados", para fijarles una pena inferior.

Para resolver de esta manera, la Corte Suprema no desconoce el valor de los tratados internacionales, que determinan que los casos de "lesa humanidad" no se pueden amnistiar y son "imprescriptibles". Pero, a la hora de analizar las atenuantes en contra de los inculpados, aplica en su beneficio la media prescripción.

"Los abogados de los familiares sostenemos que eso no se puede hacer porque la media prescripción es parte de la misma institución que la prescripción completa. En virtud de los tratados internacionales, estos delitos no pueden prescribir total ni parcialmente", afirma Bornand. "No obstante, el máximo tribunal sostiene que son cosas distintas. Que la prescripción completa exime de responsabilidad penal y que la media, sólo la atenúa. Detrás de su razonamiento está la idea de que el paso del tiempo hace que la sociedad olvide el pasado, en virtud de la sana convivencia".

En distintos fallos, la Corte Suprema chilena ha dicho que la "media prescripción encuentra su razón de ser en lo insensato que resulta una pena tan alta para hechos ocurridos largo tiempo atrás".

Lorena Pizarro, presidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), dijo a Terra Magazine que esta tendencia es "inaceptable y preocupante. Esto es impunidad soterrada y disfrazada".

"La media prescripción es un resquicio que ha encontrado la Corte Suprema para mostrar excelentes estadísticas: puede decir que los casos se investigan y que los culpables son condenados. Pero, por otro lado, los imputados reciben tantos beneficios procesales que quedan libres".

"Este es el mismo Poder Judicial cómplice de las violaciones a los derechos humanos que va a buscar cualquier artimaña para mantener impunes a los peores genocidas", agrega.

La dirigente sostiene que han encontrado poco respaldo a su preocupación entre las autoridades de gobierno, pues, para ellos, lo importante es que ha habido una sanción penal. "Pero nosotros estamos cansados de los actos simbólicos. Nosotros queremos que los autores de estos delitos tan graves en contra de la humanidad estén en la cárcel, no cumpliendo sus penas en la casa".

El abogado Hugo Gutiérrez, representante de varias víctimas en juicios por violaciones a los derechos humanos, sostiene que, en lo personal, incluso le ha tocado enfrentar casos en que la Corte Suprema ha aplicado la prescripción completa.

El profesional explica que estas decisiones están en manos de los magistrados que integran la Sala Penal del máximo tribunal y que dos de sus integrantes -Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros- son partidarios permanentes de la eximición penal de los acusados de violar los derechos humanos. "Cuando circunstancialmente están en mayoría, por el ingreso de un abogado integrante que comparte su opinión, simplemente se aplica la prescripción completa. Cuando están en minoría, los jueces de mayoría les hacen la concesión de aplicar la media prescripción".

Gutiérrez sostiene que la falta de reparación en lo penal hacia los familiares de las víctimas va aparejada por las decisiones de la Sala Civil que en la gran mayoría de los casos rechaza el pago de indemnizaciones a los familiares de las víctimas.

El ex regidor comunista por Concepción Carlos Contreras Maluje se lanzó a las ruedas de un microbús en el centro de Santiago, gritando su nombre y diciendo que estaba en poder de la DINA, la policía secreta de Pinochet. Los testigos del hecho quisieron llevarlo a un hospital, pero los agentes que iban tras él, lo recapturaron y se lo llevaron, herido y sangrando. Los tribunales acogieron en 1976 un recurso de amparo en su favor. Fue el único, entre 5 mil habeas corpus, aprobado por la justicia bajo dictadura. Sin embargo, de todas maneras Contreras Maluje, se convirtió en un detenido desaparecido.

Ahora que la justicia, con más de 30 años de retraso, logró identificar y condenar a siete ex oficiales de Carabineros, Armada y Fuerza Aérea como los responsables de su muerte, la Corte Suprema les aplicó la media prescripción, rebajándoles a todos la pena a tres años y un día de presidio. Gracias a ello, 5 de los condenados accedieron al beneficio de cumplir la pena en libertad "vigilada", es decir, con la simple obligación de firmar un registro de reos una vez al mes. Dos quedaron presos por tener otros juicios por violaciones a los derechos humanos pendientes.

Además, en este mismo caso, la Corte Suprema rechazó pagar indemnizaciones a los familiares de la víctima.

Lo mismo ocurrió con el asesinato del sacerdote español Joan Alsina. El único condenado -el mayor de Ejército Donato López Almarza- se benefició con la media prescripción y su condena fue rebajada de 5 años y un día, por la cual habría tenido que ir a la cárcel, a la más benigna de tres años y un día, que podrá cumplir en libertad.

Más recientemente, la Corte también benefició con rebajas de pena (aunque no al punto de dejarlos libres), a los militares que asesinaron al matrimonio compuesto por el argentino Bernardo Mario Lejderman Konujowska y la mexicana María del Rosario Avalos Castañeda. Ambos fueron acribillados cerca de los hornos de barro en una zona rural del norte de Chile, donde se ocultaban junto a su hijo de dos años de edad, quien sobrevivió y fue entregado a un internado de monjas. En su momento, la versión oficial fue que la pareja se había "suicidado".

El abogado defensor de derechos humanos y ex relator de la ONU, Roberto Garretón, sostiene que desde la Convención de 1926 contra la esclavitud, la comunidad internacional ha sostenido que las condenas en delitos de lesa humanidad "deben ser las apropiadas a la gravedad del delito".

En Chile, agrega, es loable el nivel de avance que han tenido los juicios por violaciones a los derechos humanos, llegando a más de un centenar de condenas y varios cientos de militares procesados y en espera de una resolución final de la justicia, en causas en que se han respetado todas las garantías del debido proceso. No obstante, admite, "una pena muy baja no es obviamente apropiada a la gravedad de los delitos".

En opinión de Garretón, el argumento del olvido generado por el paso del tiempo a favor de los imputados, "es una monstruosidad. Benedicto XVI acaba de decir en Israel que nunca debemos olvidar el holocausto. ¿Y por qué los chilenos debemos olvidar lo que nos pasó? Todo lo contrario, es algo que debemos recordar siempre y a perpetuidad. Es una falla de la democracia no estar recordándolo todos los días".

Las opiniones expresadas aquí son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente están de acuerdo con los criterios editoriales de Terra Magazine.

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